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Ya ni uno puede reclamar lo que es suyo…»El Gobierno minimiza por decreto el derecho a reclamar por las preferentes»

24 Ago

Como siempre, ¡que pague el pueblo!

@Crisis_ClasTrab

Desde luego, esto es vergonozoso, que uno para reclamar su dinero no pueda ni recurrir a la justicia ordinaria es, sencillamente lo que todos sabemos, ¡gana la banca! y que se ¡joda el pueblo!. Desde luego, tenemos un gobierno que en vez de preocuparse de los intereses de la gente, está preocupado de sus intereses con sus amigos los «banqueros» que son parte, y muy de esta ruina a la que nos han llevado junto con la casta política parasitaria.

Los 150.000 clientes atrapados en las participaciones preferentes de las entidades nacionalizadas se quedarán sin ninguna opción de recuperar todo su dinero con el nuevo Real Decreto de reforma financiera que pretende aprobar el Gobierno el próximo viernes. Según el borrador de este texto, el FROB podrá obligarles a vender o canjear estos títulos con fuertes pérdidas y, además, no podrán reclamar más dinero al fondo ni siquiera obtener la devolución de su inversión inicial si denuncian este canje ante los tribunales.

Estas durísimas normas no se aplicarán a las entidades que no han sido nacionalizadas o intervenidas, donde los canjes seguirán siendo voluntarios. Ahora bien, los afectados por sus preferentes también tendrán que pasar por el aro si, como efecto del rescate de la banca, estas entidades tienen que ser reestructuradas o liquidadas, o bien el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria tiene que tomar una participación en su capital. Los tenedores de subordinada sí se verán afectados en la misma medida que los de preferentes.

El citado borrador establece que «las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada que acuerde el FROB serán vinculantes» para las entidades de crédito, para sus filiales y «para los titulares de estos instrumentos». Es decir, que tendrán que aceptar obligatoriamente la decisión que tome el FROB sobre sus ahorros. Estas acciones podrán ser las mismas que adopten, con carácter voluntario para los inversores, las entidades privadas: canjes por acciones, recompra de los títulos, reducción del valor nominal o amortización anticipada a valor distinto del nominal (es decir, con quita).

Pero no se limitará a eso. El FROB podrá ir mucho más allá e incluir «el aplazamiento, la suspensión, la eliminación o modificación de determinados derechos, obligaciones, términos y condiciones» de estas emisiones.  Las modificaciones podrán afectar al pago de intereses, el reembolso del principal, los supuestos de incumplimiento, la fecha de vencimiento, los derechos individuales o colectivos de los inversores, el derecho de solicitar la declaración de un incumplimiento, o incluso el derecho a exigir cualquier pago relacionado con los valores.

No pagará por encima del mercado

También podrá obligar a la entidad de recomprar los valores afectados al precio que determine el propio FROB. A ese respeto, la nueva norma deja claro que el precio de recompra total «no podrá exceder su valor de mercado, teniendo en consideración las primas o descuentos que sean conformes con la normativa de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado». Ese es el techo que podrán recibir los inversores atrapados. El suelo será el importe «que habrían recibido en caso de liquidación de la entidad en el marco de un procedimiento concursal».

El valor de mercado actualmente se encuentra en niveles muy deprimidos, con caídas de hasta el 75% en algunos casos. El Confidencial ya informó de que, en el caso de Bankia, la pérdida podía estar en torno a los dos tercios de su valor. El Memorándum de Entendimiento impuesto por Bruselas en el rescate a la banca exige que estos títulos asuman pérdidas. La diferencia entre el valor inicial de las preferentes y el de su recompra, es decir, la pérdida que sufre el inversor, es un beneficio para el banco que puede utilizar para fortalecer su capital. Por ejemplo, si las preferentes inicialmente valían 100 y se recompran a 33, los 67 de diferencia serán beneficio para el banco, puesto que tenía un pasivo a valor 100 que ahora compra por 33.

No obstante, como este mercado tiene poquísima liquidez, el Gobierno establece que tendrá que contrastarlo un experto independiente. Asimismo, da una serie de una serie de criterios para valorar la «idoneidad y el contenido de la acción», como el peso de las preferentes en los activos de una entidad, el importe de las ayudas públicas recibidas, la capacidad de la entidad para captar capital en el mercado, el importe que recibirían los inversores en caso de liquidación «y a falta de ayudas públicas», y el «grado de probabilidad con la que los inversores aceptarían voluntariamente las medidas previstas».

Sin derecho a reclamar

Pero todavía más grave es la imposibilidad de protestar ante el FROB  o de recuperar la totalidad de la inversión si le denuncian ante los tribunales. Según este borrador -que todavía puede ser modificado antes de su aprobación-, los titulares de preferentes y subordinada «no podrán reclamar de la entidad ni del FROB ningún tipo de compensación económica por los perjuicios que les hubiera podido causar la ejecución de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada». Más aún: «No podrán iniciar ningún otro procedimiento de reclamación de cantidad, ni solicitar la declaración de concurso de la entidad, con base en un incumplimiento de los términos y condiciones de la emisión».

Para terminar de rematarlo, el Decreto limita la cantidad que los afectados pueden obtener en los tribunales en el caso de que acudan a ellos para impugnar el canje impuesto por el FROB. Así, establece que «el importe de la citada indemnización alcanzará, como máximo, la diferencia entre el daño efectivamente sufrido y la pérdida que hubieran soportado en caso de que, en el momento que se adoptó la correspondiente decisión o acuerdo, se hubiera producido la liquidación de la entidad en el marco de un procedimiento concursal».

Es decir, que el máximo de la indemnización sería lo que habrían recibido en caso de liquidación de la entidad. Una cantidad que también debe ser fijada por un experto independiente pero que sería muy baja dado que hablamos de un concurso de acreedores y que las preferentes y subordinadas están casi las últimas a la hora de cobrar. En todo caso, sería un importe muy inferior al invertido inicialmente. De momento, las demandas interpuestas en los tribunales se refieren a la venta de estos productos, que los afectados consideran nula por no recibir toda la información o no ser un producto adecuado para ellos. Esta será la única vía que les quede para reclamar a la vista de este Decreto.

Fuente: elconfidencial.com

En vez de ir los «banqueros» a la cárcel…»El Gobierno establece que los accionistas de Bankia tendrán que perder todo su dinero»

24 Ago

Con el PPSOE…¡Gana la banca!

@Crisis_ClasTrab

Desde luego, gana la banca con el beneplácito del PPSOE. En este caso, con el gobierno del PP serán los accionistas de Bankia los que tengan que perder todo su dinero  para que el FROB pueda imponer pérdidas a los titulares de preferentes y deuda subordinada de la entidad. Ya veremos acontecerán los hechos en el futuro.

Antes de cargar pérdidas sobre las preferentes

Los accionistas de Bankia tendrán que perder todo su dinero para que el FROB pueda imponer pérdidas a los titulares de preferentes y deuda subordinada de la entidad. Así lo establece el borrador del Real Decreto que aprobará el Gobierno el próximo viernes, donde se dice que los accionistas de las entidades nacionalizadas deben asumir costes «hasta donde sea posible». Es decir, por la totalidad de su inversión cuando una entidad necesite un rescate tan fuerte como los 23.500 millones que necesita BFA-Bankia (12.000 millones sólo la filial cotizada).

Según este texto -que puede modificarse de aquí hasta el próximo viernes-, «no se podrán imputar pérdidas para asumir los costes a los titulares de valores que tengan mejor rango que otros que aún no hubieran absorbido pérdida alguna de la entidad, y en cualquier caso siempre que los accionistas, cuotapartícipes o socios de la entidad de crédito no hubiesen asumido costes hasta donde fuera posible«.

En consecuencia, los accionistas deben asumir la mayor pérdida posible, que es la de toda su inversión. Algo que deriva de que las pérdidas deben seguir el orden de prelación establecido en la legislación concursal, que determina que los últimos en cobrar en caso de quiebra son los accionistas. Es decir, son los que tiene que asumir el mayor porcentaje de las pérdidas de la entidad y los que tienen menos probabilidades de recuperar algo en un banco con unas necesidades tan grandes de capital público.

Esto ya sucedió con los titulares de cuotas participativas de la CAM, que perdieron todo su dinero con la intervención de la entidad porque su valor era inferior al del capital que le inyectó el FROB. Sólo la voluntad del Sabadell -comprador de la CAM- de mantener a los clientes titulares de las cuotas ha permitido ofrecer a algunos soluciones a cambio de cumplir ciertos requisitos.

Tras la dimisión de Rodrigo Rato y la nacionalización de BFA-Bankia, la valoración de la entidad se hundió, y más después de que su nuevo presidente, José Ignacio Goirigolzarri, estimase en 23.500 millones las necesidades de capital de BFA y en 12.000 las de Bankia. Será cuando se inyecten estos fondos mediante una ampliación de capital cuando se valoren las acciones actuales, a un precio presumiblemente cercano a cero.

Esto provocó que casi todo el mundo diera por hecho que el valor de su acción en bolsa es cero, algo que confirma el borrador del Real Decreto. De hecho, la acción llegó a caer a 0,48 euros en julio descontando este escenario. Sin embargo, desde ahí repuntó hasta niveles de 1,5 euros en un rally inexplicable para muchos dada la crítica situación de la entidad. Una subida que puede ser muy engañosa y atrapar a los inversores que confíen en ella. En todo caso, el valor (que ayer cerró en 1,331) sigue a años luz de los 3,75 euros en que salió a bolsa en julio del año pasado.

Una vez que los accionistas asuman como pérdida toda su inversión, será el turno de los titulares de preferentes y deuda subordinada, que sufrirán también grandes pérdidas en sus inversiones, y que no tendrán derecho a reclamar, como informa hoy El Confidencial. Unas pérdidas que, en el caso concreto de Bankia, pueden alcanzar dos terceras partes de su valor inicial.

 La parte positiva para Bankia del borrador de Real Decreto es que no podrá ser liquidada -entendiendo por ello cerrada-, ya que, al ser una entidad sistémica, está exenta de las causas en que debe aplicarse lo que se denomina «resolución ordenada». No está tan claro en los casos de CatalunyaCaixa y NovaGalicia, y donde no parece haber dudas es en Banco de Valencia. Pese a lo cual, Economía sigue insistiendo en que no se liquidará ninguna entidad.

Fuente: cotizalia.com

Quitando limosnas…»Los parados que vivan con ascendientes con ingresos no podrán cobrar los 400 euros»

24 Ago

No se dan cuenta que no es solución

@Crisis_ClasTrab

El PP sigue con la obsesión de mantener la limosna, esa limosna que no queremos, lo que queremos es trabajo y que nos dejen vivir en paz y el libertad. Ahora hablan de racionalización y van a conseguir crear dividir más si cabe a estas personas que viven en un drama continuo porque lo que quieren es trabajar y poder sacar a sus familias adelante. Se nos prometió salir de la crisis, pero si no quitan la limosna, es señal de que no tenían ni tienen programa para sacarnos de la crisis y hay que cambiar de gobierno para que otros puedan sacarnos de esta.

Recibirán 450€ quienes tengan mayores cargas familiares.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto por que el se prorroga el llamado plan Prepara, dirigido a desempleados que han agotado sus prestaciones, con algunos cambios respecto al programa hasta ahora en vigor.

Así, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha confirmado que, con la nueva regulación, se tendrá en cuenta los ingresos de los ascendientes a la hora de valorar si el desempleado cumple el requisito de rentas exigido para poder cobrar la ayuda de 400 euros que incluye este plan.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Báñez ha explicado que antes se valoraban los ingresos de la unidad familiar a la hora de conceder estas ayudas, pero no para arriba, sino para abajo, es decir, que no se incluía la renta de los ascendientes, pero sí la de los descendientes (hijos).

Para ilustrar los cambios y justificar que esta medida hace el programa «más equitativo y justo», Báñez ha puesto dos ejemplos. Una familia de cuatro miembros, cuyos padres ganan conjuntamente 8.000 euros mensuales y con los dos hijos en paro, y otra familia constituida por los abuelos, con ingresos conjuntos de 900 euros, una hija que es madre soltera y que está en paro y que tiene un hijo que gana 1.000 euros al mes.

En el primer caso, ha precisado Báñez, con la vieja regulación del programa, los dos hijos en paro podrían cobrar la ayuda de 400 euros aun teniendo un colchón familiar, mientras que en el segundo caso, la mujer en paro se quedaría fuera del programa, aún siendo más necesario para ella que en el supuesto anterior.

La ministra ha dicho que la nueva regulación sí permitiría beneficiarse a esa segunda mujer de la ayuda, mientras que excluiría a los chicos en paro cuyos padres ingresaban 8.000 euros al mes. «Es más justo y más equitativo y se gana en equidad», ha insistido Báñez.

Para beneficiarse del Plan Prepara, los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo y carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores en cómputo mensual al 75% del salario mínimointerprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

450 euros para parados con más cargas familiares

Otra de las principales novedades de la reforma de este plan es que la ayuda de 400 euros mensuales pasará a ser de 450 euros en aquellos casos en los que los beneficiarios tengan a su cargo a dos miembros de la unidad familiar, además de a su cónyuge o pareja de hecho.

Para el resto de los desempleados, la ayuda será de 400 euros mensuales y en ambos casos la duración máxima será de seis meses. Los que actualmente están cobrando la ayuda no se verán afectados por las modificaciones aprobadas este viernes por el Gobierno.

La ministra de Empleo ha justificado los cambios operados en el programa en los «decepcionantes» resultados que ha tenido el plan, cuyo principal objetivo es conseguir la recualificación de los desempleados para su inserción en el mercado laboral.

«Se ha hecho más orientación que formación», ha lamentado Báñez, que ha dicho que muy pocos beneficiarios han encontrado empleo y entre quienes lo han hecho sólo el 0,95% fue contratado de manera indefinida.

Fuente: elconfidencial.com

¿Y éstos eran los que decían que querían pluralidad? «El Gobierno autoriza un duopolio televisivo en nombre de la «pluralidad»

24 Ago

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El duopolio mermará la pluralidad

@Crisis_ClasTrab

Estos del PP parece que no caen de la burra. Estos del PP que tanto criticaban cosas como la creación de Cuatro porque era del antiguo «régimen» ahora resulta que van a hacer un duopolio que veremos a ver que futuro depara a la comunicación española pero, no corren buenos tiempos para él. La realidad es que acapararán el 90% del negocio publicitario y se lo van a llevar crudo y hundirá a las pequeñas que están pasandolo mal en estos tiempos que corren.

El Gobierno permite que dos grupos, Antena 3 y Mediaset, acumulen 16 canales, 8 cada uno. Y dice que lo hace para garantizar «la pluralidad».

El gobierno ha autorizado la absorción de La Sexta por Antena3 y, aunque dice que lo hace «con condiciones» modifica los duros requisitos que había impuesto el Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por «razones de interés general y el mantenimiento de pluralismo informativo».

Sin embargo, la medida supone la confirmación de facto de un duopolio televisivo integrado por Mediaset y por Antena 3, grupos que acapararán cada uno ocho canales nacionales de TDT y que en conjunto se repartirán más del 85% del mercado publicitario.

Al mismo tiempo, las medidas del gobierno Zapatero, que Rajoy ni ha frenado ni revertido, han empujado a una situación muy complicada, en algunos casos el cierre, a televisiones como Intereconomía y VeoTV a pesar de que alcanzaban cifras apreciables de audiencia, impidiéndoles compartir publicidad con los canales de otras compañías mientras que a Antena 3 y Mediaset se les permite compartir contenidos entre sus ocho marcas.

Además, lejos de salvaguardar la pluralidad, este modelo televisivo ha dificultado el desarrollo de otros canales más pequeños, como Libertad Digital TV, a los que resulta imposible competir en igualdad de condiciones con los gigantes del duopolio estatal.

Explicaciones confusas

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Soraya Sáenz de Santamaría ha pasado muy por encima de la cuestión y sólo ha dado más explicaciones, no muchas, al ser preguntada por los periodistas.

Así, ha admitido que el Gobierno «sólo puede modificar» la decisión de la CNC «si hay otras razones»que no estén relacionadas con la competencia. Así, la vicepresidenta se ha escudado en el «proceso de dividendo digital y de apertura de nuevos espacios tecnológicos» que está lanzando la Unión Europea y que, de hecho, se ha presentado también este viernes. Según Sáenz de Santamaría, este proceso, cuya entrada en vigor se ha adelantado a enero del 2014, supone «la necesidad de reorganizar el espectro que se destina a unos y otros operadores«.

También ha aludido al «momento particular del mercado audiovisual» y a que era necesaria «una reducción del número de canales» de los operadores privados de televisión, aunque no ha dejado claro con cuántos se van a quedar los grandes operadores.

Además ha señalado que el Gobierno ha «trabajado muy intensamente con UTECA», la patronal de las televisiones privadas y, de hecho, ha agradecido «a todos los operadores» la «capacidad de diálogo» que han mostrado durante el proceso.

Condiciones de competencia

Competencia autorizó la fusión de Antena 3 y La Sexta, imponiendo a la compañía resultante una serie de condiciones. Así, tal y como informa Europa Press, la CNC había subordinado la operación al cumplimiento de distintas condiciones durante un periodo de cinco años referidas al mercado de la publicidad, la oferta de canales del grupo resultante, la compra de derechos o la obligación por parte del nuevo grupo de suministrar información a la Competencia.

El acuerdo de fusión por absorción entre Antena 3 y La Sexta fue anunciado en diciembre del año pasado. Posteriormente, en abril de este año, la operación fue ratificada por la Junta de Accionistas de Antena 3 y la previsión era que la fusión pudiera estar completada para el mes de junio. Sin embargo, la investigación realizada por la CNC, que en marzo abrió una segunda fase de análisis para descartar cualquier perjuicio a la competencia, ha retrasado la culminación del acuerdo.

Tras conocer las condiciones de Competencia, tanto Antena 3 como La Sexta mostraron su oposición al respecto. En el caso de Antena 3, la cadena consideraba que, en caso de aceptarlas, implicaría competir «en condiciones inferiores» a Mediaset por lo que señaló, al igual que La Sexta, que agotaría todos los mecanismos legales e instancias administrativas con el objetivo de defender la operación y sus intereses. El favor del Gobierno les ha permitido no alargar en exceso la batalla legal.

Fuente: libertaddigital.com

Siguen erre que erre y la limosna no es la solución…»El Gobierno tendrá en cuenta la solvencia familiar para conceder la ayuda de 400 euros a los parados»

24 Ago

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@Crisis_ClasTrab

Desde luego, estos del PP no saben de donde recortar pero no quitan la «limosna», esa limosna que está creada para evitar el estallido social que necesita este país debido a que no saben crear empleo. Llevamos mucho tiempo escuchando que se va a crear empleo y la realidad, es bien diferente a la planteada inicialmente. Es una pena que este gobierno ahora diga que quiere racionalizar la ayuda y resulta que quieren quitar ayudar a jóvenes viviendo con sus padres y digo yo, ¿y si esos padres tampoco tienen ingresos o también hay algún familiar cobrando los 400 euros? En fin, esto es lo que nos queda.

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga de la prestación de 400 euros para desempleados y ha confirmado que se endurecen los criterios para poder acceder a la ayuda. A partir de ahora, se tendrá en cuenta los ingresos de los ascendientes que vivan en la misma casa a la hora de valorar si el desempleado cumple el requisito de rentas exigido para poder cobrar la ayuda.

Esta consideración ya la había adelantado el vicesecretario de Organización y Electoral del PP,Carlos Floriano, quien criticó que recibieran esta cantidad jóvenes que vivían en casa de sus padres, sin valorarse el nivel económico de la familia.

«A partir de ahora se contabilizarán la rentas de los padres y abuelos, se dividirán entre los miembros de esa familia y si superan los 481 euros, no tendrían derecho al Prepara», ha apuntado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, quien ha puntualizado que «para considerar a los padres unidad familiar, tienen que vivir en la misma casa».

A pesar de la que la ministra se ha referido expresamente a las rentas de los abuelos, fuentes del ministerio de Empleo consultadas por El Huffington Post aseguran que la ley solo contemplará las rentas de los familiares directos, es decir, de los padres, y no de abuelos u otros familiares como tíos.

Para Báñez, la nueva configuración del llamado Plan Prepara lo hace «más justo y equitativo». «Pongo un ejemplo: si en una familia de 4 miembros, los padres tienen una renta conjunta de 8.000 euros, los dos hijos cobrarían la ayuda si están en el paro. Mientras, otra familia compuesta por los abuelos con una renta de 900 euros, una madre soltera y un hijo que cobra 1000 euros, esta chica no sería beneficiaria, porque la renta de su hijo, dividido entre dos, la sacaría del programa».

Ha recalcado, además, que con la reforma el plan se dirigirá a quienes «más lo necesitan, a los que lo necesitan de verdad». En este sentido ha confirmado que la ayuda subirá de 400 a 450 euros para quienes acrediten tener al menos dos personas a su cargo (al margen de la pareja).

La reforma no afectará, en cualquier caso, a los que ya están cobrando la ayuda, que mantendrán las condiciones que ya tenían y continuará siendo compatible con las ayudas de las comunidades autónomas.

Ineficaz

Báñez ha asegurado, además, que el Plan Prepara no está siendo eficaz a la hora de formar e insertar a los parados en el mercado laboral. «Los resultados del programa han sido decepcionantes. Sorprende que siendo un programa para la recualificación, haya tenido un efecto muy limitado en este sentido. Ha consistido en su mayoría en orientación sobre cómo hacer un curriculum o cómo buscar trabajo. Eso ha provocado una reducida eficacia para la inserción. El 70% no se han reinsertado en el mercado laboral. y menos del 1% logró un contrato indefinido», ha asegurado Báñez.

Fuente: huffingtonpost.es

EREgate…»El consejero Antonio Fernández que se incluyó en un ERE dice que tenía derecho a la indemnización»

24 Ago

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Los caciques del cortijo Andaluz

@Crisis_ClasTrab

Desde luego…el EREgate no deja de sorprendernos, ahora resulta que este señor, el señor Antonio Fernández cómo iba a quedarse sin un duro, y tenía que cobrar del ERE. En fin, será por poco dinero que tendría…Disfrutad de la noticia

El ex consejero se incluyó en el expediente de la empresa González Byass

Su departamento concedió 19,75 millones a la empresa de la que fue trabajador

Antonio Fernández dice que la ayudas estaban avaladas por los presupuestos

El ex consejero andaluz de Empleo, Antonio Fernández, ha defendido su derecho a beneficiarse de un ERE subvencionado con fondos públicos en la empresa González Byass. La Consejería de Empleo concedió 19,75 millones de euros a la empresa González Byass para las prejubilaciones de sus trabajadores, entre ellos el propio Fernández, que se encontraba en esos momentos en excedencia por cargo público.

Fernández ha defendido ante el Parlamento andaluz, donde compareció ante la comisión que investiga el fraude en las ayudas de su Consejería, su derecho a estar en ese expediente de regulación: «Me pertenecía la jubilación. Reunía los criterios objetivos y subjetivos», ha afirmado. Y ha añadido: «No lo hice (aceptar la indemnización al ERE) porque no me dio la gana; porque no me pareció ético».

El ex consejero se desvinculó el ERE sólo cuando estalló el escándalo y se conoció su doble condición de consejero que concedía la ayuda y de beneficiario, tal y como publicó en su día ELMUNDO.es.

El que fuera consejero de Empleo entre 2004 y 2010, que está imputado en el causa que instruye la juez Mercedes Alaya, ha declarado hoy en la comisión parlamentaria que los presupuestos de la Junta de Andalucía y el Parlamento «validaron» cada año las partidas y el procedimiento de las ayudas públicas.

Fernández, que salió de prisión hace 14 días tras pagar una fianza de 450.000 euros, está acusado de ser uno de los «autores intelectuales»del sistema que permitió presuntamente desde 2001 una década de ayudas oficiales «sin control ni publicidad».

En una primera intervención ante la comisión de investigación, el exconsejero, que fue durante seis años diputado autonómico socialista, ha reconocido que le resulta «complicada» su declaración por su condición de imputado, pero se ha mostrado dispuesto a explicar el procedimiento utilizado durante su etapa al frente de la Consejería de Empleo.

Fernández ha justificado el convenio marco de 2001 que introdujo la novedades en la concesión de las ayudas sociolaborales y a empresas y ha recordado que las partidas de los ERE «estaban incluidas» en los presupuestos anuales de la Junta, que validaban «por vía legal el procedimiento de las ayudas y sus fórmulas de pago, incluida la partida 31L, para sus beneficiarios», ha recalcado.

«Nunca en mis años al frente de la Consejería recibí una reprobación por este procedimiento, ni del Parlamento, ni de los grupos ni de la intervención. No hubo fondos ocultos ni fondos ilegales», ha asegurado.

La juez imputa a Fernández seis delitos: negociación prohibida a funcionario, malversación de fondos públicos, fraude en subvenciones y prevaricación, y los delitos simples de cohecho y falsedad en documento.

Fuente: elmundo.es